AVÍSA
El ciclo completo de cumplimiento PLD

Así te mantiene en regla

AVÍSA organiza el flujo de cumplimiento PLD para Sujetos Obligados que realizan Actividades Vulnerables — desde la identificación del cliente hasta el aviso en el SPPLD.

PASO 1

Registras la operación

Desde tu panel, registras una nueva operación en segundos: tipo de Actividad Vulnerable, contraparte, monto y fecha. AVÍSA identifica automáticamente los umbrales aplicables según la actividad y el calendario UMA vigente.

PASO 2

Identificación KYC digital

Tu contraparte recibe un link único de identificación en su celular. Completa el formulario guiado, sube su INE, RFC, constancia fiscal o acta constitutiva. El sistema lee los documentos y precarga los datos para que los revises.

PASO 3

Validación y listas negras

Consultamos al cliente en listas públicas (69-B del SAT, OFAC, ONU). Registras al Beneficiario Controlador y el sistema integra el expediente de identificación del Art. 18 LFPIORPI.

PASO 4

Monitoreo de umbrales

Calculamos si la operación rebasa el umbral de aviso y también el acumulado de 6 meses con el mismo cliente. Te avisamos cuando una operación cruza el umbral.

PASO 5

Generación del aviso XML

Cuando corresponde avisar, AVÍSA genera el archivo XML conforme al esquema oficial publicado para tu actividad, con los catálogos que corresponden. Tú lo revisas antes de presentarlo.

PASO 6

Presentación en el SPPLD y acuse

Presentas el aviso en el portal SPPLD con tu e.firma, a más tardar el día 17 del mes siguiente. Subes el acuse a AVÍSA y queda en el expediente, que se conserva al menos 10 años desde la fecha de la operación (Art. 18, fracc. IV LFPIORPI).

Las 17 fracciones del Art. 17 LFPIORPI

El Art. 17 tiene fracciones I a XVI más la V Bis, agregada en la reforma publicada en el DOF el 16 de julio de 2025. AVÍSA aplica el umbral de identificación y de aviso de cada una con la UMA vigente.

I · Juegos con apuesta, concursos y sorteosII · Tarjetas de servicios o crédito, prepagadas e instrumentos de valor monetarioIII · Cheques de viajeroIV · Mutuo, garantía, préstamos o créditosV · Construcción, desarrollo e intermediación de inmueblesV Bis · Recepción de recursos para Desarrollo InmobiliarioVI · Metales preciosos, piedras preciosas, joyas y relojesVII · Subasta o comercialización de obras de arteVIII · Vehículos aéreos, marítimos o terrestres, nuevos o usadosIX · Blindaje de vehículos terrestres e inmueblesX · Traslado o custodia de dinero o valoresXI · Servicios profesionales independientesXII · Fe pública: notarios, corredores, servidores públicos y personas facilitadorasXIII · Recepción de donativos por asociaciones y sociedades sin fines de lucroXIV · Comercio exterior (agentes, apoderados y agencias aduanales)XV · Uso o goce de inmuebles (arrendamiento)XVI · Intercambio y custodia de activos virtuales

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