Así te mantiene en regla
AVÍSA organiza el flujo de cumplimiento PLD para Sujetos Obligados que realizan Actividades Vulnerables — desde la identificación del cliente hasta el aviso en el SPPLD.
Registras la operación
Desde tu panel, registras una nueva operación en segundos: tipo de Actividad Vulnerable, contraparte, monto y fecha. AVÍSA identifica automáticamente los umbrales aplicables según la actividad y el calendario UMA vigente.
Identificación KYC digital
Tu contraparte recibe un link único de identificación en su celular. Completa el formulario guiado, sube su INE, RFC, constancia fiscal o acta constitutiva. El sistema lee los documentos y precarga los datos para que los revises.
Validación y listas negras
Consultamos al cliente en listas públicas (69-B del SAT, OFAC, ONU). Registras al Beneficiario Controlador y el sistema integra el expediente de identificación del Art. 18 LFPIORPI.
Monitoreo de umbrales
Calculamos si la operación rebasa el umbral de aviso y también el acumulado de 6 meses con el mismo cliente. Te avisamos cuando una operación cruza el umbral.
Generación del aviso XML
Cuando corresponde avisar, AVÍSA genera el archivo XML conforme al esquema oficial publicado para tu actividad, con los catálogos que corresponden. Tú lo revisas antes de presentarlo.
Presentación en el SPPLD y acuse
Presentas el aviso en el portal SPPLD con tu e.firma, a más tardar el día 17 del mes siguiente. Subes el acuse a AVÍSA y queda en el expediente, que se conserva al menos 10 años desde la fecha de la operación (Art. 18, fracc. IV LFPIORPI).
Las 17 fracciones del Art. 17 LFPIORPI
El Art. 17 tiene fracciones I a XVI más la V Bis, agregada en la reforma publicada en el DOF el 16 de julio de 2025. AVÍSA aplica el umbral de identificación y de aviso de cada una con la UMA vigente.
